La mejor parte de decreto 0401 de 2020
Estos contribuyentes deberán detener el valor total del impuesto a retribuir, en dos (2) cuotas a más tardar en las siguientes fechas: PAGO PRIMERA CUOTACuando el cuantía de las citadas pensiones, concurrentes y no concurrentes con otras, estuviese restringido a 31 de diciembre de 2024 a la cuantía máxima establecida para ese año el porcentaj